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Fallos: 166:206 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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"Xu 206 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA brero del mismo año, diciendo que ya había hecho los pedidos en le Oficina de Marcas y le incluía las tarjetas de archivo que en tales casos otorga la mesa de entradas (exp. agregado del M.

de Agricultura P. 6672. 1926, fs. 29 a 35).

Después de algún tiempo el representante de la actora" ¡legó a establecer que no se habían presentado las solicitudes de renovación; que los informes del agente Watson se dehían a datos falsos que le había dado uno de los empleados encargados de las secciones ante la Oficina de Marcas y que éste había falsificado la "tarjeta de archivo" a que se ha hecho ref" rencia, Ante esa comprobación, se procesó crimina'mente al empleado autor de aquela maniobra, y e! representante de la actora se apresuró a presentar las solicitudes de renovación de las marcas, lo que hizo el 29 de marzo de 1926 (exp. citado, fs. 18 a 55). Además, el 9 de abril del mismo año, dicho representante presemó el escrito de fojas 36 (exp, citado; al señor Comisario de Marcas, relatando lo sucedido y pidiendo que las solicitudes fueran consideradas comé presentadas el 3 de febrero de 1920, fecha de la tarjeta que Acompaña.

Esa solicitud motivó la resolución del P. E. de 5 de julio «de 1926 (exp. citado, fs..69), en la que, entre otras cosas, se dice: "que el hecho de que el socicitante haya sido víctima de un engrño por parte de su apoderado en estos autos. señor Humberto Victorio Sardo, como ha quedado plenamente comprohade en estas actuaciones, consistente en establecer en uni tarjeta de expediente semejante a la que usa la Dirección de Patentes y Mereas, un número de acta imagimrio y una fecha S de febrero de 1926", también supuesta, con el propósito de usufructuar por un tiempo una suma de dinero de su mandante, no puede en ningún caso invocarse para hacer valer esta última fecha supuesta, creada por el engaño, sobre la verdadera del 29 de marzo de 1926, que determina el acta".

E Administrativamente era ésta la única solución posible, pues+ -

Es

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Año: 1933, CSJN Fallos: 166:206 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-166/pagina-206

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