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Fallos: 166:200 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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tículos de lana, cuyos productos fueron acreditándose paulatinamente, no tardando en producirse la demanda del público en nuestro país.

En 1905 obtuvo. por medio de sus representantes en ésta, el uso exclusivo de una marca igual a la que temía registrada desde 1884 en Inglaterra, esto es, con la inclusión de su propio nombre social "Dr. Jaeger's Sanitary Wollen System Co. Limited", destinada a distinguir los artículos de las clases 45 a 55 de la clasificación que regía. El registro fué acordado hajo el número 15.585 el 17 de encro de 1906. Transcurrido un decenio obtúvose la renovación de que instruyen los dos títucos que acompaña, designados con los números 43.704 y 43.705.

En 1920, a los catorce años de una posesión tranquila y pacifica de su marca, la compañía inglesa, que acaba de cambiar su primitivo nombre por el de "The Jaeger Company Limited", fué sorprendida con la noticia que una fábrica similar alemana, "Wilhelm Benger Sohne", pretendia registrar otra marca casi idéntica, preparándose así a uma competencia desleal, lo que se pudo evitar con una oportuna oposición.

Normalizada la situación con el desistimiento al registro de la marca, se creyó que nada podría perturbarla en adetante. Sin embargo, 4 principios de 1926 su representada fué víctima de un engaño criminal, y la sociedad alemana, en aparente quietud, pretende recoger el provecho de ese engaño y vuelve a aparecer de súbito reproduciendo su tentativa de seis años atrás.

El plazo de la primera renovación de las marcas números 43.705 y 43.704 debia vencer el 28 de febrero de 1926.

Varias semanas antes, el 3 de ese mismo.mes, el señor Walter Ecomficd, representnte comercial de "The Jaeger Company Limited", encargó al señor William Watson, agínte de marcas de fábrica, que realizara las gestiones pertinentes para obtener la segunda renovación, y el día 9 dicho señor escribió diciendo que hacia las gestiones, que había pagado el impuesto y que las marcas estaban seguras, El 30 de Marzo el señor El

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Año: 1933, CSJN Fallos: 166:200 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-166/pagina-200

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