E SENTENCIA DE LA CAMARA FEDERAL
La Plata, Mayo 20 de 1932.
Y Vistos:
Los de los recursos de apelación concedidos de la sentencia de fojas 84 del señor Juez Letrado de Santa Cruz, en cause seguida por homicidio de Segundo Zapata, contra Guillermo Mora; y Considerando :
Que el delito que se imputa al prevenido está legalmente probado en autos, como se desprende de la inspección ocular de fojas 4 vuelta, de las testimoniales de fojas 13 y 16, así como «lc la propia confesión del inculpado de fojas 21 vuelta, ratificada la a fojas 40. De ésta se infiere que el día 5 de julio de 1928 en su recorrida por el campo a su cuidado, habria visto a cuatro jinetes a la distancia, de los que desprendiéndose uno, tomó la dirección hacia el indagado. Cerca de la tranquera, después del saludo de estilo, el jinete de referencia, que se condujo desde el primer momento en forma violenta e inadecuada a los modales usados por Mora, so pretexto de impedir que éste llevara chismes a st patrón, atropeliara a aquél y desmontándose, uniende la palabra a la acción, extrajo de la cintura su cuchillo y pasarido por debajo del pescuezo de su cabalgadura, agredió decididamente a Mora, que en todo momento trató de evitar de palabras el incidente, llegando a huir, a pie, unos veinte metros.
Con su revólver hizo un disparo al aire para atemorizar, mien tras pedía no lo comprometiera, pero alcanzado por su agresor, lc dirigió tres puñaladas que las evitó con saltos atrás; siempre en actitud de ataque le dirigió otras puñaladas, cuando también a la defensa, sintió que se le escapó un tiro, viendo caer al desconccido, momento que aprovecho para huir en su caballo, he | Ba :
Compartir
69Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1933, CSJN Fallos: 166:16
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-166/pagina-16
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 166 en el número: 16 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos