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Fallos: 165:270 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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E FALLOS DE 1.4 CORTE SUPREMA FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, Julio 25 de 193.

Y Vistos:

Fl recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelación de la Capital por el representante de la Empresa del Ferrocarril del Sud en el inicio que esta sigue al Banco Hipotecario Nacional por cobro de pesos; y Considerando :

Que el art. 10 de la ley número 5315 establece que "el trans porte de los materiales y articulos de propiedad de la Nación «destinados a la construcción de obras públicas nacionales... será aforado con un 50 por ciento de tas tarifas ordinarias. En in les condiciones serán aforados los transportes militares, artíciulos de guerra, empleados nacionales. oficiales y soldadas, en ea Que el decreto del Poder Ejecutivo de 5 de Diciembre de 1924, confirmado por cl de 22 de Junio de 1925, tiene estallecido que, cuando se trate de órdenes de pasajes expedidas pur el Manco Hipotecario Nacional están obligadas las empresas ferroviarias de jurisdicción nacional a efectuar sobre sus tarifas las rebajas correspondientes con sujeción a los términos de la Jey y on das condiciones con que al respecto deben proceder con toda depen= dencia de la acministración nacional, de la emal forma prorte Na institución de referencia.

Que esta Corte ha dejado consignado en el fallo que se registra en el tomo 139 pág. 259 de su colección, que "corresponde tener en cuenta que al organizar la sección hipotecaria del Banco Nacional: al establecer sucuránles de esa institución cn sodas las provincias y al reglamentar las operaciones, derecitos y

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Año: 1933, CSJN Fallos: 165:270 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-165/pagina-270

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