DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 151 Doña Muria Teresa Bozzola de Sieno contra el Ferrocarril Tormina de Buenos Aires, sobre daños y perjuicios, Execpeión de incompetencia de ¡nrisdicción, Semerio: Nu procede la competencia de la justicia federal en 11 case que no está especialmente regido por una ley o de ero nacional, y en el que para resolverlo no será necesario interpretar sus alcances, sino principios y disposiciones de .
«derecho con, Caso: Lo explican las piezas siguientes :
VISTA FISCAL
Señor Juez: .
El caso de autos persigue ena indemnización por daños y .
perjuicio, de acuerdo a los principios del Código Civil.
No está especialmente regido por una ley nacional, pues para resulverlos no será necesario interpretar los alcances de la ley ee concesión, pero amque así fuera, tratándose de una Ly especial para la Capital como lo es la ly de concesión, siempre el caso encuadraría en la excepción que prevé el inc. 1" del art.
111 «le la Jey número 1893, Por lo expuesto y razones concordantes del escrito de fs.
21, opino que debe rechazarse la excepción de incompetencia, Desp. Agosto 24 de 1931, .
Ke. Perazzo Nan, e
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Año: 1933, CSJN Fallos: 165:151
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