able leidos Cinzáfer y Aufeea. Carculo con éstos 3 dee jas 155 € 1356. quedó en rvidencia ta faterdad Se stes dichos y E cirennstancia de que m0 se conocian entre si, ni ose habian VES menea com anterioridad, Las decaraciones de fnjss 70, 71 vuelta, 73 y 74, tomadas en Mazda'ena con intervención del netmario y la insporción cet Jar del domicilio de Aguetin Aguirre ver eronuis de fajas 341.
aportaron nuevas comprotaciones de que el depósito de la mereaderia en dicho lugar no había existido.
A fojas 28, 28 vuelta, 20 vuelta, 30 vuelta, 42 y 43 -r mtificaron los firmantes del acta de fojas Y, restando ee sis constancias, como ide los informes de fujas 70 y 1 y desaraciones de fojas 51, 82, 53 vuelta, 85, 86, 87 y 154. pruebo más «ue suficiente para demostrar «que el camión de Ventura Caaicas lez, cargado de solas, provenia de la costa del Kio de la Pata en el partido de Magdalenc, sitio de la pliya comorides :-e Punta de Indio" y "Luis Chico", TOA fojas 154 y 158 se eleerctó la priston preventiva de Ventura Gonzáles, Jaen Anfieee y Agustin Nemirre, iembs en= earectados únicamente hajo canción juratoria el primero y e ción real el segtmdo como consta ct los respectivos incidentes agregados sin acumular. Detenido algunos meses després Vet tura González con motiva de otro contrabiado (exp. N7 20.279 ide la misma scerctaria), y demuneiado el hecho en estos tros a fojas M2 y 327, se dictó la resolución de fojas 7 víieja del me cidente de excarcelación de aquél, dejándola sin efecto SA fojas 211 vmeta, se efanstró el stmnrin y pussdos los antos en vista al señor Fiscal, éste presenta Es setsición de fojas 220, en la que a rmáz de alamdantes y frmbulas ari mentaciones, eonchiye afirmando que se hr acrcilitado la exi tencia de una operación efundestima de importueión, prriata por las ordenanzas de Aduna y ley número 4933, de la que = attores reporsables Ventura Conzález, Jer Auf" y
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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:78
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