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Fallos: 164:412 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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a Teniendo en cuenta que cn dicha designación el Sumo Pontl tifice no atribuye al nombrado jurisdicción alguna en este país, sino que lo faculta para recibirla del señor Obispo de Córdoba.

a quien ejerce sus funciones con sujeción a las prerroyativas del , e Patronato y en virtud del juramento constitucional prestado (5.

Pee CN. 136:218 ), soy de opinión que la Corte Suprema puede A prestar el acuerdo que se solicita, con las reservas que emanan 3 de la Constitución y las leyes dictadas con arreglo a ella sobre De el Patronato Nacional.

E Horacio R. Larrita, ha a FALLO DE LA CORTE SUPREMA :

E Buenos Aires, Mayo 9 de 1932.

4 De conformidad con lo dictaminado por el señor ProcuraE dor General y lo resucho en casos análogos (Fallos, Tomos 161.

hr página 12; tomo 150 pág. 301 y los allí citados), la Corte Suprema de Justicia de la Nación presta su acuerdo para que el Ei señor Presidente de la Nación Argentina, conceda +1 pase a la a: Bula Pontificia expedida por Su Santidad Pío XI, instituyerdo a Obispo Titular de la Iglesia Episcopal de Tino, sufragánea de la Iglesia Metropolitana de Spalato y Auxiliar del Obispo de la Diócesis de Córdota, al preshitero Leopoldo Huteler, sacerdote del clero diocesano de Córdoba, con las reservas emanadas de la Constitución y las leyes dictadas con arreglo a ella, sobre el Patronato Nacional, Devuélvanse, en consecuencia, estas actuaciones al Poder Ejecutivo con el correspondiente oficio. :

Roszaro Rererro. — R. Gurmo La.

VALLE. — ANTONIO SAGARNA, — Juan V. Pana.

.

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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:412 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-164/pagina-412

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