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Fallos: 164:321 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, a a Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Empleados y Obres vos de Empresas Particulares, en autos con don Gabriel Iin- ; brogno, sobre jubilación. Recurso de hzcho.

Smnario: No procede el recurso extraordinario del articulo 14, ley 48, cn un caso en que la cuestión planteada fué resuelta por interpretación de disposiciones de la ley número 11.110, ley de carácter local. ; Caso: La explican las piezas siguientes: E DICTAMEN PEL PROCURADOR GENERAL Buenos Aires, Abril 21 de 1932. , Suprema Corte : | Contra la sentencia dictada a fojas 86 por el señor Juez o e Primera Instancia en lo Civil de la Capital de la Nación, :

actuando como tribunal de apelación en la presente causa sobre jubilación de Gabriel Imbrogno, solicitada invocando la ley mú- 4 mero 11.110, ha deducido fa Caja Nacional de Jubilaciones de y:

Empleados y Obreros de Empresas Particulares para ante esta se Corte Suprema. recurso extraordinario de apelación sosteniendo 1 que la referida ley es de carácter especial y, por tanto, susceptible de ser revisada por Vuestra Excelencia la sentencia que, | cama la apelada, interpreta y aplica disposiciones de dicha ley, :

El recurso ha sido denegado, por lo que la Caja ha recurrido we «de hecho ante esta Corte Suprema. E Considero ajustada a derecho dicha denegación. En efecto, E Veuestra Excelencia ha decidido uniformemente el caso plan- EA) teado, de acuerdo también con lo dictaminado por esta Procu- A ración General, en el sentido de que la ley número 11.110 es 4 E.

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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:321 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-164/pagina-321

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