E y FALLO DE LA CORTE SUPREMA
e Muenos Aires, Abril 20 de 1982.
e. Y Vistos:
Esta causa seguida por doña Maria E. Whiston de Geldart y sus hijas menores contra la Caja Nacional de Jubilaciones y A Pensiones de Empleados Ftrrovizrios, sobre cancelación de hio poteca, venida por recurso extraordinario contra sentencia dic2 tada por la Cámara Federal de la Capital: y e _— Que la parte actora ha demancado contra la Caja la canE eclación del préstamo con garantia hipotecaria sobye la casa de la ealic Carlos Pellegríni 1200 en Bánficld, pactado por su po 6 esposo don Juan Guillermo Geldart el 19 de noviembre de 1924, ae con sujeción a lo dispuesto por los artículos 12 y 13 de la ley pue > mámero 10.650 con las modificaciones introcucidas por la ley he 11.173. TA Que en la interpetación de esta última disposición se. han que á mo
ha Que tales articulos disponen: el primero que hasta el 40 por ciento de los fondos de la Caja porrán ser capitalizados " en préstamos hipotecarios en efectivo, no superiores a 20.000 pesos a los empleados y obreros beneficiarios de esta ley que durante diez años por lo menos hayan prestado servicios, a un interés, que no exceda del 1 por ciento sobre el corriente de í los títulos de renta nacional y cambinados con un seguro tempo4 rario de vida por la cantidad dicreciente adcudada. Queúa au torizada la Caja para crear una sección especial destinada a organizar estos seguros. Y el inciso d) del articulo 13, "que en caso de fallecimiemo del emplzado deudor eel préstamo, la Caja apicará el importe del seguro de via a la cancelación del prés tamo, intereses y gastos pendientes".
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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:318
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