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Fallos: 164:263 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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ta expresamente la competencia Cel Juez ante el que es demandado, desconozca posteriormente esa competencia planteando ante otro juez contienda de inhibitoria. (Fallos, tomo 116 pág. 285 ; tomo 124 pág. 144 ).

A mérito de lo expuesto, pido a V. E. se sirva resolver que corresponde al señor Juez de la ciudad de Santa Fe continuar entendiendo en el juicio promovido ante su juzgado.

Horacio R. Larreta.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Abril e de 1932, Autos y Vistos:

Los de contienda de competencia por inhibitoria trabada enre 6 Juez de 1 instancia en lo Civil de esta Capital y otro de igual Case de la ciudad de Santa Fe para conocer en el juicio promovido por don José Garcia Núñez contra la sociedad "Hijos "e Ibarra", sobre daños y perjuicios; y Considerando :

Que entablada la demanea ante el Juez de Santa Fe, se citó y emplazó a los demandados para que comparecieran a estar a drecho ajo apercibimiento de rebeldía, siendo notificados al efecto en esta Capital Federal por medio de exhorto, según consta de las diligencias acompañadas con fecha 18 de Agosto de 1931, fs. 8 via. de los autos principales.

Que con fecha 4 ¿e Septiembre se presentó don Tsanc García por los demandados invocando la representación que le acuerda el poder de fs. 13, que le fuera substituido especialmente por «l apoderado principal con fecha 28 de Agosto de dicho año, para que en nombre de la sociedad demandada, "conteste la Cemanca

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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:263 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-164/pagina-263

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