E | 22 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, Marzo 25 de 1942, Y Vistos:
Loy del recurso extraordinario concedido a fojas 46 contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelación de la Capita! en los autos " Alvarez Manuel contra la Caja Naciona! de Fu hi'aciones y Pensiones de Empleados Ferroviarios; y Considerando :
Que como lo tiene resuelto esta Corte, las leyes de jubila ciones y pensiones de empleados y obreros ferroviarios. no han rectificado el principio general de derecho civil según el cual los parientes en grado hereditario: suceden al eatsante en sis derechos trasmisibles y simplemente han introducido "gunas modificaciones circunstanciales. (Fallos, tomo 154 pág. 421 ).
Que en las disposiciones de la ley número 10,650 respecto 4 las personas que tienen derecho a percibir pensión, no se encuentran expresa o implicitemente derogados los articulos 342, 1 M4 y concordantes del Código Civil que excluyen a los hijos adulterizos de los derechos que en este juicio se reckaman, Que es «le notar especialmente que el artienlo 39 "in fine" de dicha ley, comprende en el derecho a gozar de Ya pensión ferroviaria a los hijos naturales, lo que en todo coso vendría :
a reducir úniezmente a elos y a los legítimos el concepto de la palabra "hijos" que emples cit sus distintas disposiciones.
y Por alo, sus fundamentos y de conformidad con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, se confirma la sentencia apelada en cuanto ha podido ser materia del presente recurso extraordinario, Notifiquese y devuélvanse, KR. Gro Lavartz. — Axtoxio 5a GARNA. — JULIÁN V. Pres E E ; u y TO " ¿ MZA
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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:212
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