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Fallos: 163:378 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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378 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Aquí se ha pedido la inscripción de un testamento para recoser un legado y no puede a voluntad de Ea parte e por decisión del Juez transformarse esa acción en un plefto por cumplimiento de una dontición, Me dicho, señor Juez, y lo repito, que este juicio ha debido tramitarse como "ab intestato", llegando a la deelaritoría de he rederos para reción reclamar de éstos, la entrega de la cosa le muda como lo manda la ley (artiento 3708 Cólizo Civil) en el caso de invocarse el derecho que strge del testamento, o la res dueción de Ea donación a escritura pública em el caso de que se optare por este temperamento, No obstante ercerlo así, me he anticipado a dar mí opinión sobre el fondo del asunto, tanto porque tenía que expresar mís razones para oponerme a la inscripción del testamento, cuanto porque V. 5, podría considerar innecesario la apertura del jui cio°ah intestato" y en tal «npuesto debía defender los intereses de los herederos eventuales carticulo 64 del Código de Proce= «dimientos y y los que pudieran corresponder al Consejo de Edi cación.

Ctro sí dro: Que he aceptado, sin objetaria, la personería del doctor Hechart como representante judicial de tas monjas Carmelitas porque así me lo ha impuesto la cirennstancia de que ej Consejo de Educación, este mismo Ministerio, V. 5, y la Excclentisima Cámara la han admitido: ello mo implica. por mi porte, reconocer la legitimidad de ese mandato. Febrero 21 ee 1924 Roberto Basavilbaso,
SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA
Buenos Aires, Junio 6 de 1924.

Y Vistos: Considerando:

El doctor Mechart como síndico titular de la orden de Care melitas Descalzas e Monjas Teresas, solicita a fojas 15 se ins

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Año: 1932, CSJN Fallos: 163:378 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-163/pagina-378

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