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Fallos: 163:304 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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FALLOS DE LA CORTE SUPREMA En treinta del mismo se declaró improcedente la queja decucida por la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Emplesdos Ferroviarios en autos con don Victor Ferrando, sobre jubilación, en razón de que la sentencia dictada por la Cámara Federal de Apelación de la Capital era inapelable para ante la Corte Suprema por razones de forma y de fondo: Respecto a las primeras.

por hallarse ejecutoriada dfeha sentencia es virtud de haberse interpuesto el recurso, después de vencido el término legal correspondiente y. en cuanto al fondo, porque la materza de la cansa 1 admitin revisión, toda vez que aparecía resucita por razones de he= cho 3 prueba concernientes al estado mental del jubilado.

ln la misma fecha DE se hizo lugar a da queja deducida por Antonio Alsina, en la cursa seguida en si contra, por homicidio, por resultar de la propia exposición del recurrente, que el recurso fue interpuesto. fuers del termino establecido por el articnto 231 de la ley nacional de procedimientos, número 50.

Don Douingo Kravse contra la Provincia de San Tun, sobre co bro d- pesos, Competencia orivincrio de la Corte Nnprei Sumario: No procede la jurisdisción originaria de la Corte Suprema. er: un caso en que se ha demostrado que el denreníamt «5 vecino de la provincia demandada, Case" Lo explican las pieras siguientes :

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Año: 1932, CSJN Fallos: 163:304 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-163/pagina-304

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