uu FALLOS DE LA CORTE SEPREMA Don Eulogio Mrarez contra la Caja Navional de Jubilaciones Y Pensiones de Empleados Ecrroviorios, sobre ¡ubilación.
Seuario: Y Tratándose de otorgar u reconocer 16 heneficio, mm prerrogativa, hasta cierto punto un privilegio, el eriterio de imerpre'ación de la ley debe ser restrictivo, ajustándose a la tetra ee la disposición.
2 El beneficio acordado al trabajador a jornal, requic+. para no desvirtuar el eriterio de ta ley número 10.650, que el sólo se aplique a los empleados nbreros que en el fondo y en la forma tengan aquela calidad, no siéndolo quien ha prestado servicios. beneficiando de los días festivos, gozando heencias reglamentarias y descansos heldomedarios con percepción de jornales, pues tales circunstancias lo definen más que como un trabajador del tipo reguerido por el artículo m sde la citada ley, como un obrero con retribución mensual.
Casos Lo explican tas piezas siguientes :
RESOLUCIÓN DE LA CAJA FERROVIARIA
Buenos Aires, Junio 10 de 1931.
Visto que el empleado del Ferrocarril Central de Buenos A ves. don Eulogio Alvarez, solicita acogerse a los beneficios «de la subilación ordinaria ; resultando de las profanzas acimaladas «qu:
wo ha prestado veintisicte años, ocho meses y seis dias de servicios, termino insuficiente para los fines perseguidos, según lo establecido por el articulo 18 de la ley número 10.650: atento lo «lictaminado por la Asesoría Legal, lo aconsejado por la Comisión «de Iubilaciones y de conformidad con lo resuelto por el Directorio ets -rsión de ayer:
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Año: 1932, CSJN Fallos: 163:306
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