16 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA yan celebrado en el extranjero sobre introducción en la República de determinados productos: 10 €s precisamente el cumplimiento de los contratos lo que esa ley tiene en vista y por eso resulta ineficaz para el objeto con que se la invoca .
5" Demostrada la inconsistencia de la querella por no revessir los hechos que la motivan el carácter que se les atribuye, 10 es indispensable examinar las demás cuestiones planteadas en la causa como las referentes al título otorgado a los quereltantes por la Oficina de Marcas y las prohibiciones contenidas en Lo tey N" 11.210. Conviene omitir toda otra consideración para no dar a este prommciamiento innecesaria extensión.
Por estos fundamentos se revoca la sentencia de fs. 215 y «i1 consecuencia se absuelve a Marcos Simsilevich y Luis Hendier de la acusación formulada contra ellos por 1. Lemonier y Cia.
por usurpación y su indebido de marcas.
Las costas de ambas instancias 2 cargo «e los «querellantes.
— Rodolfo $. Ferrer.
DICTAMEN DEL PROCEEADOR GENFRAL
Buenos Aires, Octubre 22 de 1931.
Suprema Corte:
La sociedad E.. Temonier y Cia. destajo querella contra los cefores Marcos Simsilevich y Luis Hemiler por los delitos de usurpación y 150 indebido de marcas, previstos por el art. 48.
ines. 5° y 6 de la ley número 3975, sosteniendo que los querellas dos comerciaban con productos «ue se distinguen con mareas de comercio registradas a st nombre, lo que hace procedente la aplicación de las penas establecidas en el citado artículo. puesto que la propiedad de las marcas atribaye a su propietario el derecho exclusivo de usarlas y de perseguir a quienes violen ese derecho.
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Año: 1932, CSJN Fallos: 163:186
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