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Fallos: 162:353 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Octubre 14 de 1931.

Y Vistos:

Los del interdicto de obra nueva promovido por don Juan Carlos Cepeda contra la empresa del Ferrocarril Central! Argentino, venidos en tercera instancia por recurso extraordinario que interpuso el actor contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelación de Rosario, que desestimó la demanda: y Considerando Que el señor Cepeda, invocando su calidad de propictario y poseedor de la isa Pereyra, situada en el Río Paraná, próxima al puerto y pueblo de Villa Constitución, denunció que la empresa del Ferrocarril Central Argentino construía una escollera o terraplén de enrocamiento que iba de la isla Cafferata de su propiedad y contigua a la Pereyra, a costa firme santafecina, cerrando el brazo del río, navegable, por donde él se comunicaba con Villa Constitución y resto de costas al Sur, obligándole, en el transporte de personas y productos a remontar dicho brazo menor hacia el Norte y retomar el curso por la Vuelta de Montiel, lo que alargaha la navegación tres o cuatro veces más de lo natural y aparte el embancamiento que e brazo clausurado sufriría en la boca libre (N. O.) y consiguiente inutilización aún para navegarlo en esa dirección desde su isla. En esos hechos y perjuicios, que restringían arbitrariamente sus derechos posesorios, fundó el_interdicto de obra nueva que preven los arts. 337 del Código de Procedimientos Civiles y 2500 del Códign Civil. -Arguyendo el derecho aplicable, sostiene que la empresa demandada procedió sin autorización 0 concesión de la autoridad competente — como manda el art.

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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:353 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-162/pagina-353

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