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Fallos: 161:94 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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Le FALLOS DE LA CORTE SUPREMA e das precedentes consideraciones, fallo: declaran io ue +1 Galrerno de la Nación dle pagar al señor Jerónimo Arce Y ilfaalbes Le sumas «e cinco mil un pesos con setenta y cuatro cet tavos monedo mcional, con st- interese desde Ti fecha el da ttificacion de la «lemanda, MP costas, aterta la naturaleza de la cuestión delritido Eduardo Sarmiento,
SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, Mayo 30 de 1930, Vistos y Considerando:

Que la sentencia de fe, 1". apelada por ambas portes =tá +e acuerdo a lo resucho por esta Cámara en lo casos análogos de Granada comra la Nación y otros, en enanto declara el derecho del actor Arce Villalba a colar st sueldos hasta que cesó de ser empleado.

Que Arce Villalba por su parte, sostiene en str expresión te agravios de fs. 70, que hay error en la sentencia apeliebr, en cuanto declara que dejó de ser empleado en virrmd del drereto de reorganización del Colegio Nacional Carlos Pellegrini de Pilar, previn-ts de luenos Aire, en el que aquél dejó de figurar como tal y que recién dejó de serlo a la fecha del decreto de Mayo 28 ee 1925, ever ús. 36, 20 var, :

Que del decreto de Abril 1 de 1924, sobre reorganica-ión:

del Colegio Nacional Carlos Pellegrini, de Pilar, cuya copit pes "ida para mejor proveer, se hi agregado a fs. 84, resulta aque 10 se dejó subsistente con el nombre de "jefe de cultivos" como esticne el actor a fs. 76, el empleo que éste desempeñaban cone forme surge claramente de la disposición del art. 9 que en do prtinente e tablece: "El personal directivo, administrativo y

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Año: 1931, CSJN Fallos: 161:94 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-161/pagina-94

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