SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL, DE APELACIÓN
Buenos Aires, Abril E de 1931.
Y Vistos:
lor sus fundamentos, se confirma, con costas, la sentencia apelada de Es. 43 que declara que el Gobierno de la Nación está obligado a pagar a don Juan Félix Russo, en la forma prevista por el art. 9 de la ley O6E8, la suma de seis 'mil pesos moneda nacional con sus intereses desde la notificación de la demanda.
Devuélvase y repóngase las fojas en primera instancia, — 7. 1.
Nazar Anchorena. — Marectino Escatada—-— José Marci, — Nadolfo $, Ferrer,
FALLO DE LA CONTE SUPREMA .
Buenos Aires, Junio 17 de 191.
Y Vistos:
El recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal en los autos seguidos por Juan Félis Russo contra la Nación sobre accidente de trabajo: y Considerando :
Que la sentencia apelada de fs. 50 se ajusta a Ets constr cias de autos y sus fundamentos de derecho se apoyan acertadamente en la ley 96EN, no habiendo, por otra parte, el recurrente expresado agravios en 2 ni 3 instancia.
For esto, >t confirma, con costas. Notifíquese y devuelvan st en str eportamidad.
J. Fiucenos Arcorra, — Romero Rererro. -- R. Guimo LAvarrs.
— ANTONIO SAGANNA. — JULIÍN Y. Pena.
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Año: 1931, CSJN Fallos: 161:87
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