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Fallos: 161:62 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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62 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA tome 151, página 85, pido «can devueltos estos obrados 21 se ñor luz Federal de Entre Kios para que proceda conforme a + mue di pone el articulo 59 del Código de Procedimientos.

Horacio K. Larreta,
AUTO DIETA CORTE SUPREMA
lumos Aires, Marzo 28 de 14 Nuters y Vistos:

Por las consideraciones y fundamentos del presente ic tame, y de acuerdo con lo podido por el señor Procurador Ur neral, devuélvanse estos autos al Juzgado Federal de Conce ción lel Uruguay a fín de que se de cumplimiento al trámit:

emitido, requisito legal necesario para que la contienda de com perencía quede trabada ett condiciones de ser dirimida por eta Corte . Ficvezos ALcorra. — Ke Grino LavaE, — ANtoxi0 SaGarxa, — Jrnas V. Pera, wwero DE 1 INSTANCIA € del Urmenay, Abril 20 de 1931 Por recibido en la fecha y atento lo resuelto por la Siprema Corte de Justicia de la Nación, vuelvan estas acimaciónes al señor Juez del Crimen invitándolo a que si insiste en str resolución de fojas 12. eleve el presente a dicha Corte. — 3, 17 frigoyen.

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Año: 1931, CSJN Fallos: 161:62 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-161/pagina-62

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