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Fallos: 160:17 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Euenos Aires, Diciembre 24 de 1930, Y Vistos:

Los seguidos por el Estado Argentino contra la compañía de seguros Independencia, sobre cobro de pesos, venidos en apelación ordinaria deducida por el Procurador Fiscal, contra la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.

Y Considerando:

Que la Administración de Impuestos Internos con fecha agosto 19 de 1926 impuso ala compañía de seguros generales Independencia, una multa de 20,071 pesos moneda nacional, equivalentes a diez tantos de los impuestos omitidos, y además tina multa de 109 pesos moneda nacional por la falta de inscripción, declaración de operaciones, e inspección fiscal, en virtud de lo dispuesto por los artículos 36 y 37 de la ley 3704 y por tratarse de transeresiones al artículo 16 de la misma ley, 17 de la ley 11.252 y artículo 2, tit. 1° del decreto de octubre 26 de 1922, Esta resolución fué recurrida por el presidente de la compañía ante el Ministro de Hacienda de la Nación "conforme a lo que dispone el artículo 28 de la ley 3704", fojas 54, siendo confirmada con fecha 15 de octubre de 1926, fojas 00 y notficada al intere sado con fecha 6 de noviembre de 1926, fojas 61.

Que seguidos los trámites de la vía de apremio autorizada por el artículo 25 de la ley 3704 para los casos de muitas impuestas por resoluciones ejecutoriadas, se dictó la sentencia de fojas 151 que manda levar adelante el apremio, hasta hacerse pago el acreedor del capital reclamado, intereses punitorios y costas del juicio, con fecha marzo 30 de 1928,

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Año: 1931, CSJN Fallos: 160:17 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-160/pagina-17

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