de comunicar 6 Garbino que tenia que entenderne directa.
monte 00u ellos, prescindiendo de Delfino, lo que comunicó A Garbino 4 quien entregó le sal, concluyendo la operacion el 26 de Marzo de 1874, Qué despues de entregado la sal, al oxigir 4 Garbino el recibo correspondiente á nombra de Cassañollo y Ca, - aquel DE negó 4 hacerlo, pretendiendo darlo 4 favor de Delfino y con fecha atrazada; que urgido por la demora y - no queriendo salir de Gualeguayohú sin toner comprobante de la entrega, se vió obligado 4 tomar al mcibo tal como se lo dió von fecha 28 de Marzo, no habiendo podido prolestar ante al consulado italinno por ser Garbino el Agente consular en ese punto. Todo lo que der elaraba en descargo de su conducta á solicitud de Cassanello y Cs, e Una compulsa del libro de 4 bordo del mencionado buque en que se espresa haberse hecho la entrega del carprmento de sal, 3,496 funegas 4 D. Domingo Garbino, 8 Cópia de un boleto en que con intervencion de los corredores Gowlan Koek y CU; Cassanello y Cs venden 4 D.
Boroardo Delfino y C' el cargamento de sal antes referido.
El boleto tiene la fecha de Enero 8 de 1874, Con estos documentos, Castanello y C° espusieron : que de ellos resultaba que el comprador de la sal había sido Carbino por intermedio de D, Bernardo Delfino y C°, como apoderados; paro que Garbino ss: negaba hacer el abono, pretendiendo quedarse con la sal sin pagarla 4 favor de la quiebra de sus apoderados. Pidió, entablando formal demanda, que D. Domingo Garhino fueso condenado al pago de 7.901 pesos 50 centavos fuertes.
Corrido traslado, D. Domingo Garbo pidió al Juzgado de Comitcio que rechmara ie limine la demanda intorí puesta :
4° Porque del mismo boleto de venta presentado, resul
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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:472
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