CAUSA Cl.
D. Tadeo Rojo, contro. D. Facundo Maradona, por devolucion de pagos indebidos, sobre abstencion de cobros ulteriores.
Sumario, —1o El caso no comprendido en la demanda no corresponde al conocimiento del juez de esta, aiú que proceda una demanda nueva.
20 Pendiente la apelacion, el juez apelado no puedo conocer en lo que es materia del juicio, ni en sus incidentes, Caw.— Pendiente la apelacion de la sentencia de 2 de Junio de 1875 de que trata la causa anterior, D. Tadeo Rojo fué requerida por D. Facundo Maradona por el pago del penje de hacionda introducida posteriormente 4 la aludida en dicha causa.
D. Tadeo Rojo protestó contra el cobro por inconstitucional, y ocurrió al Juez de Seccion para que ordenara 4 Maradona se abstuviera de todo cobro ulterior de la misma clase que los anteriores, mientras la Suprema Corto no resolviese el punto apelado.
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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:467
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