Caso. — En los nulos seguidos por Don Pedro Bertora contra Due y Casagrando, por cobro de pesos, llevados en apelacion ante la Suprema Corte, no habiendo los segundos mejorado el recurso que se les concedió y é escrito presentado por Bertora acusándoles rebeldía, se dictó el siguiente:
Fello de la Suprema Corto.
Buenos Aires, Octubre 21 de 1875.
Por lo que resulta del precedente certificado y 4 mérito de lo dispuesto en el arlículo 214 de la Ley de Procedimientos, declárase desierla la apelacion, devuélvanse en consecuencia los aulos, prévio pago de costas y reposicion de sellos por el apelante.
SaLvavor M° pzt CAnniL, —dJosé Bannos Pazos.—J. Domncuez.
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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:470
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