por el demandado en la Tesorería Nacional como apoderado del demandante y resultando :
1" Qué la demañda es dirijida 4 obtener la devolucion de la cantidad de 2581 pesos Iuerles de cuyo cobro y ges:
tiones mácesarias fué encargado Sosa por el ayudante ma» yor D. Pilar Barrios y teniente D. Anicolo Insaurralde sustituyendo- aquel sus poderes 4 favor de Massol, fundado este reclamo- on que este último percibió dicha suma negándose en seguida 4 dar cuenta y satisfaccion 4 su poderdanie.
20 - Qué el demandado al contestar la demanda reconoca la: comision recibida de Sosa y el percibo de la suma espresada, negando los demas hechos aseverados por la demanda con relacion ásu megaliva 4 dar cuenta 4 nú poderdante; contra quien opone la escepcion perentoria de pago, el que dice haber tenido Jugar ea dos partidas diferentes en la forma que sedotalla en el escrito de f.- 20, y 30 Que recibida la causa 4 prueba por el auto de £ 34 la parte demandante ha presentado la declaracion de Salvador Mechieri F. 49, el informe de la Comisaría de Guerra f, 45, declaracion del coronel D. Desiderio Sosa E 49 y las posiciones absueltas. por Mandot 4 fojas 56 y 84 vía, para probar su accion, y el demandado en el propósito de justificar su escepcion ha producido la declarecion de Federica Sagari f. 67 vta., de Loronzo Mejennt F70 y posiciones abaueltas por Sosa 4 f72 vía, y 126, y Considerando : 1" Que establecida la cuestion en los tárminos que la presentan los procedentes de aulos, 4 que se hace referencia, es una cuestion meramente de hecho, cuya resolución depende de la importancia da la prueba producida- por el demandado sobre la escepción de pago que ha deducido.
2" Que el pago alegado sostiene el demandado haberlo hecho en la forma siguiente: entregándole 4 Sosa el mismo
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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:391
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