Eo E importancia es mayor de 200 peños no puede por lestigos sí no existo priacipia de prueba por escrito.
3 La plas pelítion 08 causal de condenacion en costas.
Can.—D, José M, Sosa sustituyó 4 favor de D. Enrique Massot el poder de los oficiales del ejército, ayudante mayor Barrios y teniente Insaurralde, para cobrar sus haberes que fueron liquidados en la suma 2584 pesos fuertes.
Sou, vecino de la Provincia de Corrientes demandó 4 D. Enrique Massot, vecino de Buenos Aires ante la Justicia Nacional, por rendiciun de cuentas de la suma mencionada y pago de 2181 pesos fuerlos por haber recibido ya la suma de 400 pesos.
Momsot contestó que había recibido los 2581 pesos, pero que ya habia entregado ú Sosa en dos fochos la suma de 1894 posos y la de 900 pesos fuertes, habiendo retenido el 45-p. °/, convenido como comision ; y que esta escepsion fundada eu el pago, escluia toda accion de rendición de cuentas y cobro del saldo.
Durante el término de prueba, Sosa confesó que era ciorlo el convenio de la comision del 15, y que era de su puño y letra una liquidacion hecha de los haberes de Barrios 6 Insaurralde con ol fin de percibir la parte liquida que le corrospondia, Estas y las demas pruebas están relacionadas en el siguiento Fallo del Juez de Seccion.
Bueños Aires, Julió 16 de 1875.
Y vistos, estos sulos iniciados por demanda del corónel D. José Maria Sosa, contra D. Enrique Mussol, por cobró de pesos procedentes de una cantidad de dinero percibida
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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:390
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