cumplimiento de un contrato de lelamento; y nombraron por escritura de compromiso á árbitros amigables componedores, para resolver eri la contraversía dentro de 15 días, debiendo ser inapelable su fallo.
Los áebitos dictaron el laudo dentro del término, y D:
Luis Curbons reclamó de él, pidiendo anto el Juez de Sirción de Entre-Nios se declarara mula la resolución arbitral por haber sido dictado sin que los árbitros jurasen próvinmente el cargo, y sín haber traido 4 la vista los antrcedentes que demostraban la injusticia de la misma. " Fallo del Juez de Seccion Paranú, Octubre 14 de 1874. k Vistos, que de los presentes aulos resulta: que D. Luis Carbone «actor demandante», con fecha cinco de Julio del sesenta y siele, interpuso demanda, ante el Juzgado de Par de Gualeguay, contra D. Angol Calfaroña padre de D.. Henito Caffareno patron de la goleta +Triuntante» reclamando los daños y perjuicios qué se le habian causado pur falla de cumplimiento á lo estipulado en un contrato de Metimento para conducir en dicha goleta 4 Buenos Airés, ciento setenta piezas «madera de algorrobo>; que por arreglo; ante el mismo Juzgado de Paz, terminó la querella, eniregando Caffarena 4 Carbone doscientos pesos /uertes por transaccion [4 4 2 y £ 43; que posteriormente con fecha 8 de Agosto del citado año, el enunciado Caffarena, por mediv de apoderado constituido, se presentó 4 reclamar de tal arreglo, anle el inismo Juez de Paz, exifiendo la devolucion de los doscientos pesa" fuertes entregados 4 Carlone, fundándose en que para hacer aquel arreglo habia sido sorpren
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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:37
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