Habiendo apelado Romero, se dictó este Fallo de la °uprema Corte.
Buenos Aires, Enero 21 de 1875.
Vistos : por sus fundamentos, se confirma con costas cl auto apelado de fuja treinta y nueve vuelta ; satisfechos las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.
SaLvanon M° DL CAnnin.-— FRANCISCO NeLcavo.—Jost Bannos Pazos. — ». DOMINGUEZ, — —l —
CAUSA HE,
Don Juan Vackson emi Lopez y Rodrigues sobre consigracion.
Sumario, -- No mejorándoso la epelacion en el término del emplazamiento, se declara desisrto el recurso á la primera rebeldía que acusa el apelado.
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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:34
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