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Fallos: 16:193 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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para. la suspension de los procedimientos y remision de lo obrado 4 la Suprema Córle, anto la cual se hallaban las actiaciones del Juzgado Federal; y otra del Ministerio de la Guerra, contestando que el Gefe de los Ejércitos había mandado juzgar en Consejo de Guerra á los militares de que se trataba por delitos de insubordinacion, inobediencia é indisciplina, alentados contra la autoridad militar, ele. ele.

con entera prescindencia de su carácter político: que no había 70zon para entregarlos á ulra jurisdiccion; que la' competencia sostenida por el juzgado lo habia sida sin audiencia de los representantes del Gobierno ; que por otras causas no mililares, los reos serian pasados oportunamente al Tribunal Federal; que si sé quéria avocar lá esusa promovida contra los Gofes Militares, militarmente culpables, el Gobierno desconoce la competencia del juez de seccion; y que habiéndose. el juez desprendido de los. autos por la apelicion concedida, su contestacion era debida 4 defereneja y por abundar en razonos sobre cl derecho que asistía al Poder Ejecutivo en esta cuestion.

Presentado el informe en derecho 4 último de Mayo y visla la causa el 3 de junio de 1875 se dició el siguiente:

Fallo de la Suprema Corto.

Buenos Aires, Junio 1 de 1875, Vialos estos aulos sobre competencia del Juez Nacio nál de esta Seccion, promovidos por los defeñsores del General Don Ignacio: Rivas y de los Coroneles Don Bejamin Calvete, Dón Emilio Vidal, Don Julian Murga, Don Martiniano Eharras, Don Jacinto Gonzalez y Don Benito Machado, procosados Todos ante un Consejo de Guerra extraordinario, por T Y. 1"

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:193 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-193

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