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Fallos: 16:149 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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CAUSA XXXI.
1, Tomás Garido contra D. Juan Lloria y Cs por indemnisacion de duños y perjuicios.

Sumario.— Quien pido un embargo anto Juez incompelente sin alegar razon legal, ni funda despues demanda tú forma, y que adomás, demandado por causa de ese embargo, no contesta la demanda 6 incurre en rebeldia, debe ser condenado en daños y perjuicios y costos.

Caro.—D. Enrique Gallardo en representacion de D. Tomás Garibo so presonió ante-ol Juzgado Federal en Buenos Aires esponiendo, que su comitente, patron del psilebot «José Generoso, + habia tomado cárga de lana de los Sres, Juan Lloria y Cs en el Baradero para llevaria 4 San Pedro. Que hallándose el buque én viage, y al llegar 4 la Boca del Arroyo del Tala, fué acomelido por un remolino de viento que lo echó 4 pique instantáneamente, por lo que Garibo luvo que volver en un bote al Baradero 4 dar cuenta del suceso para ver si se podia solvar algo, consiguióndose an efecto poner el buque 4 flote, von las mercaderías cargadas.

Que los cargadores Juan Lloría y C° validos de su influencía en el partido, hicioron embargar el buque bajo su res

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:149 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-149

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