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Fallos: 16:143 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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de Seccion de Santa-Yé 4 los Síndicos del Concurso del Rosario para la entrega de las existencias de este punto.

Los Sindicos demamiados. formaron arlículo, declinamdo e la juriadicciun nacional, Sustanciado el artículo y abierto Á prueba sobre la vecindad y nacionalidad de los norecdores de los dos concursas, se dició el Faile del Jues de ticecion Rosario, Febrero 27 de 1875, Autos y vistos: Considerando 1, (Que segun los fallos de la Suprema Corte, Tomo 1, emusas 2 y 46, corres:

pondería indudablemente al Juez de Seccion la resolución + de las cuestiones iniciadas por el apoderado del Síndico del concumo formado én Córdoba 4 la cono de «Coste llanos: y Compañía», 2 Que dichos tallos de la Suprema Corte qué dan jurisdiecion á los Juzgados Federales pora resolver las cuesfiones- que se han suscitado en esta vez entro el concurso de una misma casa en diforentes Provincias, debe racional» mente entenderze que ellas procedan, cuando los individune que forma leles contursos, ósigún bajo la jurisdicción Federal, por las calidades inherentes 4 sus personas, pues de lo contrario seria suponer, lo que wo es posible, que la Suprema Corte cn su elevada inteligencia, lubiera desa» tendido el tenor espreso de la ley Nacional de 14 de Setiemhre de 1803; cuyo ori. 10" terminantemente establece ; + que la Justicia Fuderal es competente en todos los casos r en qué dos 6 más personas asignábles, pretendan ejercór + una accion solidaria, 6 sean demandados por una 20 + ción solidaria, atendiéndose 4 la nacionalidad 6 ve+ nindad de Zodos lós miembros de la sociedad ) comunidad,

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:143 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-143

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