recurso de apelación", en sentencias de fechas 23 y 28 de Julio del año que rige, se declara mal concedido el recurso. Notifiquese y devuélvanse al Juzgado de origen donde se repondrá el papel.
Ronerro Reretto. — R. Guiño LAVvaLLE, — ANTONIO SAGARNA.
— JULIÁN V. PERA.
1) En la misma fecha se dictó idéntica resolución en las causas seguidas contra la expresada Caja de Jubilaciones de Empleados y Obreros de Empresas Particulares, por don Eugenio Gorría y por don Balbino Castiñeiras, por igual motivo.
Don Juan K. Bernasconi contra don Ramón Cedrón, sobre desalojo. :
Swimario: En las causas de jurisdicción federal por razón de las personas el convenio de las partes de someterse en todo lo que respecta al contrato, a los Tribunales Civiles del fuero ordinario de la Capital, justifica la competencia de éstos para conocer en la ejecución de dicho contrato.
Caso: Lo explican las piezas siguientes :
SENTENCIA DEL JUEZ EN LO CIVIL
Buenos Aires, Agosto 27 de 1930.
Autos y Vistos; Considerando :
Que conforme a lo dispuesto por los arts. 586 y 587 del Cód. de Procs., el demandado don Ramón Cedrón fué citado a los comparendos que esa ley determina sin que acudiera a ellos.
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Año: 1930, CSJN Fallos: 158:422
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