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Fallos: 157:423 de la CSJN Argentina - Año: 1930

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Junio 11 de 1930.

Suprema Corte: 1 El doctor Angel Valiente Noailles recurre de hecho ante V.

E. por haberle denegado la Cámara Federal de Rosario el recurso extraordinario que interpuso en los autos "Compañía General de Ferrocarriles de la Provincia de Buenos Aires contra don Alejandro Nogués, sobre expropiación".

V. E. ha conocido ya por la vía del recurso extraordinario de una apelación relacionada con la forma como un tribunal de segunda instancia interpretaba el régimen de la ley número 10.990 tomo 133 pág. 107 ). principio apiiado al caso de autos, al que me reficro para solicitar de V. E. quiera revocar el auto recurrido en esta parte y conceder, en consecuencia, dicho recurso.

Entrando a considerar el punto planteado por el recurrente, cabe observar que al presentarse por parte en el aludido juNio en representación de la compañía actora, había cumplido ante esta Corte Suprema con todas las obligaciones impuestas en la ley número 10.996, lo que lo habilitaba para litigar en el carácter de procurador en la citada Cámara, -como resulta del certificado de fs. 116 de los autos principales, no obstante lo cual se le exigió una nueva incripción dentro de la jurisdicción de la Cámara Federal del Rosario.

"Tratándose en este caso de una resolución emanada de una Cámara Federal (fs. 112) que tiene carácter de definitiva, V.

E. puede reverla en las condiciones peticionadas en cl presente recurso, cuyas consideraciones reproduzco en lo pertinente.

Horacio R. Larreta.

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Año: 1930, CSJN Fallos: 157:423 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-157/pagina-423

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