ha correspondido en la misma, así que cualquier demanda que se deduzca lo será en el domicilio del heredero demandado y por la parte recibida. Con la adjudicación a la señora de Ballvé en la sucesión de su padre quedó ésta representando a dicha sticesión y al ser declarada en concurso por U. S. los herederos deben ocurrir al mismo en razón de su universalidad.
El Dr. Rodriguez en el tomo 3" de su comentario al Código de Procedimientos de la Capital Federal, dice, página 189: "El juicio de concurso de acreedores es por su naturaleza universal, y atrae así, como el de testamentaría, todos los pleitos en que el deudor sen parte como demandado... ete" Más adelante agrega: "La propia naturaleza del juicio, la imposibilidad que existiría de hacer efectivas las preferencias acordadas por el Código Civil a ciertos créditos, y sobre todo, que existen leyes nacionales que establecen qué jueces han de conocer de los juicios universales, mencionando expresamente el concurso de acreedores, determina la obligación de llevar al juez del concurso todos los juicios que tramiten contra el concursado donde quiera que esa tramitación se produzca." Por lo anteriormente expuesto, constancias de autos y lo manifestado en el escrito en vista, puede U. S. proveer de conformidad a lo solicitado.
Miguel 1. Cabanillas.
AUTO DEL JUEZ EN LO CIVIL Y MINAS Mendoza, Marzo 18 de 1929.
Autos y Vistos:
Las actuaciones caratuladas "Concurso María Luisa PavJoviski", antos N" 33.049, y juicio "María Luisa Pavlovski de Ballvé, por concurso necesario, segunda pieza", el oficio de fs. 71 y las planillas de fs. 69 y 70; a mérito de lo peticionado en el de fs. 89 a 90, librense los exhortos pedidos en la forma que se
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Año: 1930, CSJN Fallos: 157:41
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