216 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA .
causa eximente que la enfermedad (art. 3), y los tribunales de justicia no pueden ampliar aquella sustituyéndose al legislador aunque sinceramente la conceptúen injusta o inequitativa.
En su mérito, teniendo presente lascdad del procesado, lo dictaminado por el señor Procurador General y lo que determina en su segunda parte el art. 21 de la ley 11.386, se revoca la sentencia apelada y se condena a Víctor Francisco de la Cuesta a sufrir un mes de prisión, Notifíquese y devuélvanse los autos al juzgado de origen.
J. FIGUEROA ALCORTA. — RoBErTO
REPETTO, — ANTONIO SAGARNA.
Sumario instruido a Alberto Grillón, hijo, Agregado Comercial de de República del Paraguay, por lesiones a Luis Loforgia.
Sumario: No apareciendo que se haya hecho renuncia del privilegio de exención de la jurisdicción de los tribunales argen tinos que ampara al denynciado, como Agregado Comercial de la Legación del Paraguay, la Corte Suprema carece de jurisdicción para conocer y decidir en la causa, Caso: Lo explican las piezas siguientes :
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Diciembre 5 de 1929, Suprema Corte:
El presente sumario cuya instrucción inicia la Policía de la Capital contra don Alberto Grillón (hijo), por lesiones a Luis — :——,—.oÉls za T—]]]]—][]];]—]——];]——É—e—]o—]—]—lidÑ————;——;—];—;Z——Z—Z—ZZ—ZZ—Z;—;Z]———[———;—;——];;][L;;];;]D
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Año: 1929, CSJN Fallos: 156:216
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