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Fallos: 155:349 de la CSJN Argentina - Año: 1929

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Compañía Hispano Americana de Electricidad contra cl Gobierno Nacional sobre cobro de pesos.

Sumario: Véase el fallo publicado en la página 12 del presente tomo, aplicable al presente.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Julio 24 de 1928.

Y Vistos: Los promovidos por la Compañía Hispano Ame- r ricana de Electricidad contra la Nación, sobre cobro de pesos por devolución de derechos de puerto. E Y Considerando:

1 Que la actora manifiesta en su demanda de fs. 19 que tiene instalada una usina al borde del Dock Sud, donde recibe de los barcos de ultramar grandes cantidades de combustibles. Expresa que la ley 2346 establece en su art. 8 que los derechos de puerto que se cobren en el canal, corresponderán por mitad al Gobierno y a los concesionarios ; los de muelle, almacenaje y eslingaje pertenecerán a la empresa y de acuerdo con ese texto la actora y su antecesora han entendido siempre que los derechos de almacenaje y eslingaje correspondian a la compañía del Dock Sud y no al Fisco Nacional. Pero, la Aduana que había aceptado ese procedimiento, comenzó en 1917 a exigir el pago del eslingaje y a pesar de sus gestiones, la actora dice haberse visto obligada a efectuar esos pagos al Gobierno, bajo protesta.

Señala que promedió reclamación administrativo y que el P. E. ha denegado la devolución perseguida.

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Año: 1929, CSJN Fallos: 155:349 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-155/pagina-349

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