Ruenos Aires, en la fecha más inmediata a la licitación, con sus intereses y las costas del juicio.
2 Que notificada y citada en forma la Provincia, se presenta en st representación don Luis U, de Iriondo, contestando En demanda de Es. 23 a 26 vta. y manifiesta: que debe rechazarse con costas la demanda del Sr. Viñas; que desde hace muchisimos años los decretos del Poder Ejecutivo de Santa Fe llamando a licitación de títulos se pone una cláwsula que dice: "El P, E, se reserva el derecho de aceptar la propuesta que repute mas conveniente o de recharzarlas todas si a su juicio no consultaran los intereses del fisco"; que esa cláusula inspirada en razones de interés general no fué nunca observada, siendo el actual actor uno de los concurrentes ; transcribe los artículos del decreto de 13 de Mayo de 1925 llamando a licitación pública para la compra de titulos de la detida de la ley 1974 por las cantidades de veintiocho Mil ciento cincuenta pesos y noventa y cuatro mil «quinientos cincuenta pesos; que previas las publicaciones de estilo y abiertas con las formalidades del caso las propuestas presentadas, resultó que éstas cotizahan los titulos a 94,97 7, 94,20 y 92.30 por lo que, estando ellas fuera de lo razonable y del luero legitimo, pues diferían en mas de 10 puntos sobre la máxima cotización de la Bolsa de Comercio, las rechazó a todas en virtud del art. 5° del decreto de llamado a licitación que no fué observado por el vendedor Viñas al presentarse; que una posterior licitación, en el subsiguiente trimestre demostró la justicia de ese rechazo, pues se obtuvieron propuestas mas ventajosas, entre ellas del mismo demandante; que el actor no ha cumplido con el art. 10 de la ley 50, pues no acompaña los títulos ni los individualiza. :
3" Que abierto el juicio a prueba, las partes presentaron la que corre de fs. 33 a fs. 85, sobre cuyo mérito alegaron las mismas de fs. 88 a fs. 104 vta. y de fs. 106 a fs. 100, Handindose amos para definitiva a fs. 109 vta, : y
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Año: 1928, CSJN Fallos: 152:420
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