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Fallos: 152:315 de la CSJN Argentina - Año: 1928

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AMPLIACION DE FUNDAMENTOS DEL SEÑOR VOCA!, PRESIDENTE

DOCTOR LUIS V. GONZÁLEZ
Vistos en acuerdo, y Considerando:

Primero. La primera cuestión a resolver es la relativa a la validez o eficacia jurídica del título del reivindicante. Este funda su acción en la escritura pública otorgada en primero de Septiembre de 1855 ante el escribano de esta ciudad don Narciso Baños y en su registro, y según la cual don Elias Muñoz, con poder hastante de don Ignacio Ponce vendió al Estado de la Nación y en su nombre al señor Administrador de Rentas Nacionales don Gregorio Gómez, un terreno de propiedad de su representado, ubicado en los suburbios de esta ciudad y compuesto de cien varas en cuadro, etc. La copia de esta escritura corre a fs.

39 y 40. Este título es impugnado como deficiente y nulo, tanto por el demandado en su defensa, como por el "a quo" en la sentencia recurrida. Pero antes de entrar al estudio del título y de los argumentos con que se le impugnan, recordemos otros antecedentes de autos que son indispensables para ese estudio. " Segundo. A fs. 37 y 38 corre agregada la copia de una escritura pública otorgada en esta ciudad en 20 de Julio de 1854, ante el escribano de la misma Narciso Baño y en su registro, en la que consta que don José Ceferino de Bustamante como apoderado de doña Lorenza Espejo de Ferreyra, vende a don Ignacio Ponce un sitio ubicado en los extramuros de esta ciudad, de propiedad de su representada, compuesto de doscientas varas de frente por mil de fondo y linda al Naciente con la barranca del rio Paraná, por el Poniente con su representada, por el Sud con los herederos de Joaquín Fernández, por el precio de doscientos pesos plata holiviana que ya tiene recibidos a su satisfacción. Y a fs. 31 y 32, está agregada la copia de otra escritura pública también otorgada en esta ciudad en 22 de Junio de 1858, ante el mis

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Año: 1928, CSJN Fallos: 152:315 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-152/pagina-315

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