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Fallos: 152:261 de la CSJN Argentina - Año: 1928

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DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Bseños Aires, Septiembre 7 de 1928, Suprema Corte:

Don Francisco Suárez ha recurrido para ante esta Corte Suprema la sentencia de la Cámara Federal de Apelación de la Capital que, al confirmar la resolución de fs. 10 dictada por la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Empleados Ferroviarios, deniega al peticionante la jubilación que solicitó por retiro voluntario, En la causa se ha discutido la interpretación y aplicación de los arts. 21, 22, 25, 32 y 34 de la ley 10.650, que acuerda dichas jubilaciones y la decisión ha sido contraria al derecho invocado por el recurrente, fundado en dichas disposiciones legales.

En tal virtud, y de acuerdo a lo resuelto por V. E. en casos análogos, el recurso deducido procede atento lo dispuesto por el :

art. 14 de la ley 48.

En cuanto al fondo del asunto, por los fundamentos de la referida resolución de fs. 10, pido a V. E. confirme la sentencia apelada en la parte que ha podido ser materia del recurso.

Horacio R. Larreta.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Septiembre 17 de 1928.

Autos y Vistos:

El recurso extraordinario interpuesto y concedido por la Cámara Federal de Apelación de esta Capital en el juicio seguido por don Francisco Suárez contra la Caja Nacional de Jutila- :

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Año: 1928, CSJN Fallos: 152:261 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-152/pagina-261

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