rentas nacionales don C. Alcain, se manifiesta: a) que los Señores Dates y Hunt, constructores de los nuevos ramales del E. C.
de La Plata y Meridiano V. han manifestado, en las solicitudes de importaciones presentadas ante la Aduana, como materiales lihres de derechos en virtud de la ley 8222 y decreto reglamentario de Septiembre 18 de 1923, diversas partidas de tierra romana o cemento portland, articulos que no gozan de franquicia alguna por estar expresamente excluidos en la referida ley y decreto, pues son materiales que produce la industria nacional (aprohadas oficialmente), en las fábricas de la República, entre otras, la de Gavier y Cia., en Córdoba y La Cía. Argentina, en la provincia de Buenos Aires; b) que en consecuencia de lo manifestado se han introducido sobrepticiamente al pais 2.675.000 kilos de cemento portland, con un valor de 32.835 pesos oro sellado, dejando de percibir en concepto de derechos arancelarios la cantidad de 8.760.60 pesos oro sellado, por haber pasado desapercibido al tiempo del despacho; €) que el caso está legislado por los arts.
27 de la ley de Aduanas N 11281, 4, 5° y 14 de su regiamentación y 1034 y 1035, 1026 y 103 de las ordenanzas de Aduana.
2" Que practicadas las diligencias del caso, y habiendo salido la mercadería de la Aduana, de conformidad con el art, 1034 de las ordenanzas, se remiten, con la denuncia, al Juzgado las actuaciones producidas, con la nota de fs. 13.
3" Que ratificada a fs. 14 la denuncia de fs, 1, a fs. 24 y 25 vta.. prestan los denunciados declaración indagatoria y manifiestan: a) que constituyen una "sociedad comercial colectiva", de modo que las responsabilidades son solidarias e ilimitadas: b) que son contratistas del gobierno de la provincia de Buenos Aires para la construcción de líneas del F. C. Provincial a Meriano V¿ e) que desde el 5 de Mayo de 1923 introducen tierra romana o cemento portland, del extranjero, para las referidas obras, sin pagar derechos de importación por estar exceptuados por la ley 4" Que considerando el Juzgado pertinentes los pedidos for
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Año: 1928, CSJN Fallos: 152:239
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