tipreciarlos de conformidad al artículo 601 del Código de Comercio y condenando á los demandados Giró y Dermit al pago de las costas. Repónganse los sellos y no tifíquese con el original.
Isidoro Albarracin.
De este auto apelaron Giró y Dermit.
Fallo de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Setiembre 17 de 1874.
Vistos; por sus fundamentos, se confirma con costas el auto apelado de foja doscientos siete; satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.
SALVADOR M° DEL CARRIL.—- FRANCISCO
DEEGADO.— JosÉ BARnos Pazos. — J.B. GonostIAGA.—J. DoMINGUEZ.
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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:308
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