CAUSA XXXIV.
Los Sres. Patri y Cremonte contra D. Evaristo Corrales, sobre cumplimiento de contrato.
Sumario. —410 El comprador, á quien corresponde por contrato el derecho de eleccion de una cosa de entre otras señaladas, puede elejir la que le convenga aunque sea la mejor.
2? Corresponde al prudente arbitrio del juez estimar y moderar la avaluacion de los daños y perjuicios, cuando no pueden exactamente calcularse y son exagerados por las partes.
Caso.—D. Evaristo Corrales se comprometió á entregar á los Sres. Patri y Cremonte á eleccion del encargado de estos, 720 vacas de los dos rodeos mas grandes de su establecimiento de «las Misiones » en Santo Tomé.
Se estipuló el precio de 7 pesos fuertes" por cada cabeza y los compradores entregaron la cantidad anticipada de 3,000 pesos fuertes obligándose á pagar el resto 4 la presentacion del recibo de su encargado.
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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:29
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-15/pagina-29
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