Caso.—El Comisario de la segunda seccion de policía" de la ciudad de Buenos Aires dió parte al Jefe del Departamento que se habia presentado el comerciante D. Francisco Merlo denunciando que en 24 de Abril del corriente año se le habia sustraido de un cajon de mercaderías que tenia á la carga en el tablado norte de la aduana, una pieza de género de lana y seda. Que el empleado de la aduana Juan Ayala aseguraba haber visto que el peon Daniel Gomez fué quien sustrajo la pieza del cajon, depositándola en el almacen núm. 32, á cargo del Ayudante 2° Adolfo Renodier quien, junto con cuatro botellas al parecer de vino Champagne ó de Asti, la mandó á su casa, Cuyo 678 con un moreno llamado Gabriel de la Piedad (a) Nacimiento.
Que hechas las averiguaciones correspondientes aparecian complicados los individuos espresados y además el capataz Jaime Pascual como partícipe en el delito, por cuyos motivos habia procedido á la captura de ellos.
Elevado este parte al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia en su Sala de lo Criminal, se proveyó que correspondiendo el conocimiento de la causa á jurisdiccion nacional, se remitiese al Juez de Seccion.
El Juez de Seccion inició el correspondiente sumario durante el cual fueron excarcelados bajo fianza los individuos Renodier y Gomez.
Antes de cerrarse el sumario y resultando que el hurto que forma la base del proceso habia tenido lugar fuera de la jurisdiccion de la Aduana, se corrió vista al Procurador Fiscal.
El Procurador Fiscal espuso que veia con sorpresa que, tratándose de un robo escandaloso perpetrado por empleados de Aduana y dentro de la misma, delito penado con presidio por la ley nacional, el Juez habia concedido
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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:238
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