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Fallos: 15:233 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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CAUSA LXXV,
D. Juan G. Calle con D' Tránsito H. de Nathan, sobre reivindicacion. — Insidente sobre competencia.

Sumario. — 10 Los Jueces de Seccion son campetentes para conocer de las causas en que sean parte un ciudadano argentino y un estrangero.

2" Se reputan ciudadanos argentinos los nacidos en el estrangero, de padres argentinos, durante la espatriacion.

30 Tratándose de bienes de la sociedad conyugal y no estando esta separada, debe tenerse en consideracion la naturaleza del marido para determinar la competencia.

Caso. — Don Francisco Calle, como cesionario y apoderado de su primo D. Juan G. Calle, demandó ante el Juez Federal en Mendoza la reivindicacion de un fundo ubicado en la misma Provincia, y poseido por Da Tránsita Herrera de Nathan, autorizada judicialmente para administrar los bienes de la sociedad conyugal por incapacidad de su esposo D. Guillermo Nathan.

Para acreditar que el caso era de jurisdiccion macional, el demandante presentó tres testigos, E VI 17

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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:233 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-15/pagina-233

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