Y si estas cajas eran de media arroba — ¿ por qué se manifestaban en los parciales como de una arroba? Esto no tendría esplicacion ni sentido.
El Juez ha hecho bien en despreciar la prueba de Pietranera, como contraria á la misma declaracion de los procesados, y porque ella no destruye la falsedad de la manifestacion.
Nada mas hay que considerar en un negocio tan claro, y por consiguiente pido se sirva V. E. proveer como espuse en el exordío.
Buenos Aires, 4 de Junio de 1874.
Francisco Pico.
Fallo de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Julio 14 de 1874.
Vistos: por sus fundamentos, se confirma con costas la sentencia apelada de foja ciento setenta y siete; satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse.
SALVADOR M' DEL CARRIL. — José Barros Pazos. —J. B. GoROSTIAGA.—J. DOMINGUEZ.
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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:147
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