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Fallos: 15:141 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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fin de defraudar al Fisco, é informó resultar del primer sumario que se habian manifestado unos cajones de fideos con el peso de media arroba en el manifiesto, y con el de una arroba en el parcial de la alcaidía, enmendándose despues este mismo parcial para igualar los dos documentos; del segundo que se habia hecho la misma operacion con tros cajones de fideos, negando despues que el peso fuese de una arroba segun parecia en el parcial, y del tercero, que Gazzani habia pretendido alterar una copia de factura sorprendiendo 4 un empleado de la aduana y enmendando el peso manifestado de media arroba de otros cajones de fideos, Con el de una arroba.

Levantado por el Juez el correspondiente sumario contra Gazzani que fué puesto preso y recibida su confesion, el Procurador Fiscal pidió contra él la pena de comiso por el delito de contrabando y la de trabajos forzados por dos años con una multa de 500 $ Ftes. por el delito de falsificacion. Pidió tambien se declarara 4 Pietranera responsable por el contrabando cometido por su dependiente y se le diera traslado de la acusacion.

Corrido traslado contestaron Gazzani y Pietranera, pidiendo aquel su absolucion de toda culpa y cargo, y este su exoneracion de toda responsabilidad.

Producidas las pruebas de una y otra parte y presentados los alegatos por Gazzani y Pietranera, se dictó el siguiente Fallo del Juez Seccional.

Buenos Aires, Diciembre 6 de 1873.

Y vistos estos autos seguidos contra D. Tomás Pietranera. por contrabando y D. Luis Gazzani por contrabando y falsificacion de los documentos de aduana.,

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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:141 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-15/pagina-141

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