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Fallos: 15:142 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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Resultando de ellos: 19 Que por el manifiesto y parcial de £. 1 y 2 se pide por Gazzani 4 nombre de Pietranera el despacho de 400 cajas de fideos con peso de media arroba, notándose que en el último de estos documentos se ha eninendado visiblemente la espresion de peso.

20 Que la liquidacion y pago de derechos correspondientes 4 esta partida se ha hecho sobre el peso de media arroba.

30 Que én dicho parcial se ha álterado visiblemente la marca de las cajas, pues, á iñas de notarse la sobreescriturá en esta parté, no es la misma que se designa en el mañifiesto.

4 Qué por el manifiestó parcial de £. 6 y 7 se pide por los mismos el despacho de setenta cajas fideos con el peso de media arroba, la que existiendo en los almacenes y verificado su peso, ha resultado ser del peso de una arroba.

50 Que por el manifiesto y parcial de f. 8 y 9 se pide el despacho de 480 cajas de fideos, espresándose en el primero de estos documentos que su peso es el de media arroba.

6" Que manifestadas en lá copia de factura que corre á f. 36 las 600 cajas referidas coñ el peso de media arroba, D. Luis Gazzani trató de enmendar la manifestacion, en cuyo acto fué descubierto por los oficiales Blancó y Retolaza.

Y 70 Que por el manifiesto y parcial de fojas 49 y 50 se pidió el despacho de 600 cajas con el peso de media arroba, notándose que en el parcial se ha enmendado la esprésion de peso.

Y considerando : en cuanto al delito de contrabando : 1° Qué él aptrece constatado por las declaraciones de los empleados que intervinieron eñ el despacho de cada tino

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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:142 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-15/pagina-142

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