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Fallos: 149:338 de la CSJN Argentina - Año: 1927

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Don Mimon Sento" Cohen Cstt testamentaria >. Contienda de competencia.

Simario: 1 La demanda que no se dirige contra sucesión algtna, sinó contra una persona determinada, no corresponde al juez de la sucesión, 2" Las causas que se encuentran en instancia de apelación, no son avocables por el juicio universal de sucesión.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


DICTÁMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Octubre 4 de 1927.

Suprema Corte:

Se ha trabado cuestión de competencia entre el Señor Juez de 1 Instancia en lo Civil de esta Capital y la Cámara Federal de Apelación de Paraná, para conocer en los juicios promovidos ante el Juzgado Letrado del Territorio del Chaco por la Sociedad Alianza Francesa del Chaco contra Pablo Sevilla Jáuregui, Manuel Conde Holgado y Nermegui y Roffé, por cobro de pesos, que se encontraban en grado de apelación ante el mencionado tribart de Paraná.

Corresponde a V. E. dirimir la contienda de acuerdo con lo dispuesto en el art. 9, inc. a) de la ley N° 4055.

Abierto ante el Señor Juez de 1 Instancia en lo Civil de esta Capital el juicio testamentario de don Mimón Sentob Cohen, dicho magistrado dispuso, a petición de parte, solicitar del Señor Juez Letrado del Chaco se inhibiese de conocer en los tres juicios sobre cobro de pesos antes mencionados, de acuerdo con

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Año: 1927, CSJN Fallos: 149:338 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-149/pagina-338

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