ser dirigida contra la Nación, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley 3952.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
VISTA FISCAL
Señor juez: 
Se trata en este caso de una demanda contra el 4° Distrito de la Administración de Correos, es decir, una oficina pública de la Nación que no tiene autonomía propia, cuyos recursos forman parte de las rentas generales y cuyos gastos están previstos en el presupuesto nacional.
En realidad, pues, la demanda es contra la Nación y no debe dársele curso hasta que no se hayan llenado los extremos que determina la ley 3952.
Fiscalía, Septiembre 11 de 1926.
Benigno T. Martinez.
RESOLUCION DE JUEZ FEDERAL
Rosario, Septiembre 14 de 1926. 
Téngase por resolución el precedente dictámen fiscal.
Alvarez.
VISTA FISCAL
Señor juez: 
Por las razones que expuse er mi vista anterior sigo sosteniendo que la Administración General de Correos, no es una repartición autónoma, sinó que depende directamente de la Nación,
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Año: 1927, CSJN Fallos: 149:250 
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