ductos, y es por ello violatorio de disposiciones expresas de la Constitución Nacional.
Opino por tanto que corresponde hacer lugar a la presente demanda, Horacio R. Larreta.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Agosto 24 de 1927.
Y Vistos: el juicio seguido por The South American Stores Gath y Chaves contra la Provincia de Buenos Aires sobre devolución de sumas de dinero, del cual resulta:
Que a fs. 34 comparece don Aurelio C. Cagnoli por la compañía nombrada, entablando demanda ordinaria contra la Provincia de Buenos Aires, a fin de que se la condene a la devolución de la cantidad de diez y seis mil cuatrocientos pesos, sus intereses y las costas del juicio. Funda su acción en los términos siguientes:
Que la compañía que representa se dedica a la venta de todos los artículos de vestido, amueblamiento, comestibles, etc., a semejanza de todos los establecimientos similares axistentes en las grandes capitales de Europa y Norte América. Ejerce su comercio principal en esta Capital y en las Provincias por medio de agentes. En la de Buenos Aires tiene establecidas algrnas sucursales que pagan todos los impuestos creados alli.
Que la compañía, además, vende en sus negocios de la Capital Federal cierta cantidad de, mercaderías a clientes que residen en los pueblos vecinos especialmente en la estación de verano a las familias que habitan las quintas de los alrededores. Todos estos clientes aprovechan de la comodidad que les ofrece la compañía y ordenan que las mercaderías les sean remitidas a ,
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Año: 1927, CSJN Fallos: 149:143
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