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Fallos: 147:287 de la CSJN Argentina - Año: 1926

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distritos distintos a los fines electorales previstos en la | + referida disposición de la mencionada ley de elecciones.

Caso: Lo explican las piezas siguientes :


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Rosario, Octubre 2 de 1995 Vista la presente causa correccional por infracción a la ley 8871, seguida por querella de Domingo Bonifatti contra Domingo Graffigna (hijo), argentino, de veintitres años, soltero, juez de paz de Serodino, con domicilio en el mismo pueblo, procesado por retención indebida de la libreta de enrolamiento de Francisco Jacinto Ludueña. Ñ Y considerando:

Que: 1° El ciudadano Domingo Bonifatti, inscripto en el padrón electoral de Serodino, con matrícula N° 168, de la clase de 1891, distrito militar 35, acusa a Domingo Graffignz hijo), por haber infringido, como juez de paz, la ley 8871, y durante la elección nacional del veintinueve de marzo del corriente año, caracterizándose dicha infracción por el abandono y cierre del juzgado de Serodino durante el desarrollo del acto electoral, y tambén por haberse ausentado Graffigna a la estación Clarke, ese mismo día, a tomar activa participación en la propaganda política en favor del partido radical oficialista.

Conceptúa que tales hechos, caen bajo las sanciones previstas .

por la ley 8871, y pide se condene a Graffigna a sufrir nueve meses de prisión, con costas (fs. 4 y 5). ° 2 El acusado manifiesta que el día veintiocho de marzo se vió en la necesidad de trasladarse a Carrizales, a fin de cuniE]

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Año: 1926, CSJN Fallos: 147:287 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-147/pagina-287

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